El Common Reporting Standard (“CRS”) es una reglamentación desarrollada por la OCDE, en la que el objetivo es la transparencia fiscal que llevará a un intercambio automático de informaciones entre los Estados que hayan adoptado el CRS. Una jurisdicción participante (“jurisdición CRS”) es un Estado que haya aceptado integrar en su legislación nacional, la reglamentación CRS.
El CRS ha sido adoptado por la Unión Europea a través de la Directiva sobre el intercambio obligatorio de informaciones en el dominio fiscal (Directiva 2014/107/UE), conocida bajo el nombre de “DAC 2”. Las relaciones con los Estados fuera UE están gestionados por convenios multilaterales llamados “Competent Authority Agreement”.
El CRS obliga a las instituciones financieras a transmitir las informaciones concernientes a las cuentas financieras cuando, directa o indirectamente, los titulares de estas cuenta residen en una jurisdicción CRS.
La reglamentación CRS se aplica a todas las instituciones financieras situadass en una jurisdicción CRS y obliga a estas instituciones a identificar a los residentes de otra jurisdicción CRS. El CRS se aplica a la vez a personas físicas y personas jurídicas.
Para poner en marcha el intercambio automático de informaciones, esta norma se basa en la acción combinada :
- los clientes titulares de cuentas que tienen que declarar su residencia fiscal para determinar si son considerados o no como no-residentes a través de una auto-certificación
- las instituciones financieras que tienen que declarar anualmente a su autoridad fiscal local los clientes no-residentes
- las autoridades fiscales de los países participantes que transmitent estas informaciones a las autoridades del país de residencia fiscal del cliente que es objeto de esta declaración.
La puesta en funcionamiento de esta reglamentación estuvo fijada al 1 de enero del 2016 para los estados que se comprometieron a realizar los primeros intercambio anuales a partir de comprour les états qui se sont engagées à (“early adopters”, ver lista a continuación).
Para más informaciones, le invitamos a que lea esta página presentación emitida por la OCDE.
PAISES CONCERNIDOS (« PAISES CRS »)
Primeros intercambios en 2017 – “Early adopters”
- Anguila
- Argentina
- Barbados
- Belgica
- Bermudas
- Islas Vírgenes Británicas
- Bulgaria
- Islas Cayman
- Colombia
- Croacia
- Curaçao
- Chipre
- República Checa
- Dinamarca
- Estonia
- Islas Féroé
- Finlandia
- Francia
- Alemania
- Gibraltar
- Grecia
- Groenlandia
- Guernesey
- Hungría
- Islandia
- India
- Irlanda
- Isla de Man
- Italia
- Jersey
- Corea
- Letonia
- Liechtenstein
- Lituania
- Luxembourgo
- Malta
- Mauricio
- Méjico
- Montserrat
- Países Bajos
- Niue
- Noruega
- Polonia
- Portugal
- Rumania
- San Marino
- Seychelles
- República Eslovaca
- Eslonvenia
- Sudáfrica
- España
- Suecia
- Islas Turks & Caicos
- Reino Unido
Primeros intercambios en 2018 – « Late adopters »
- Albania
- Andorra
- Antigua Y Barbuda
- Aruba
- Australia
- Austria
- Belice
- Canadá
- Chile
- China
- Emiratos Árabes Unidos
- Islas Cook
- Costa Rica
- Ghana
- Granade
- Hong Kong
- Indonesia
- Israel
- Japón
- Malaisia
- Islas Marshall
- Mónaco
- Nueva Zelanda
- Federación de Rusia
- San Christophe & Nieves
- Santa Lucia
- San Vincent & Las Granadinas
- Samoa
- San Maarten
- Suiza
LOS PAISES « NON CRS »
Los países miembros del Global Forum on Transparency and Exchange of Information for Tax Purposes de la OCDE que no participan en el CRS
- Azerbaijan
- Botsuana
- Burkina Faso
- Camerún
- Costa de Marfil
- República Dominicana
- El Salvador
- Gabón
- Georgia
- Guatemala
- Jamaica
- Kazakhstan
- Kenia
- Lesotho
- Liberia
- Macedonia
- Marruecos
- Mauritania
- Nigeria
- Pakistán
- Papouasie-Nueva Guinea
- Perú
- Filipinas
- Senegal
- Tanzania
- Túnez
- Uganda
- Ukrania
- Estados-Unidos
Los países no-miembros del Global Forum on Transparency and Exchange of Information for Tax Purposes de la OCDE que no participan en el CRS:
- Afganistán
- Algeria
- Angola
- Armenia
- Bangladesh
- Bielorrusia
- Benin
- Bhoutan
- Bolivia
- Bosnia-Herzegovina
- Burundi
- Cabo Verde
- Camboya
- Camerún
- República Centro africano
- Chad
- Comores
- Congo
- RDC
- Cuba
- Djibouti
- Ecuador
- Egipto
- Guinea Ecuatorial
- Érythrée
- Etiopía
- Fidji
- Gambia
- Guinea
- Guinea-Bissau
- Guyana
- Haití
- Honduras
- Irán
- Iraq
- Jordania
- Kiribati
- Kirghizistan
- Kosovo
- Laos
- Libia
- Madagascar
- Malawi
- Maldivas
- Mali
- Micronesia
- Moldavia
- Mongolie
- Montenegro
¿CUÁL ES EL PROCESO DE INTERCAMBIO DE INFORMACIONES?
El proceso de intercambio automático de informaciones se realiza en 7 etapas :
- La institución financiera recoje las informaciones del contribuyente y/o genera ella mismo las informaciones.
- La institución financiera comunica las informaciones a la adminsistración fiscal de su país de residencia.
- La administración fiscal reagrupa las informaciones por país de residencias.
- Las informaciones están codificadas y enviadas por lotes a la administración fiscal del país de residencia.
- Las informaciones se recepcionan y se descodifican.
- El país de residencia se sirve de estas informaciones para proceder, automáticamente o manualmente, a cotejar las informaciones.
- El país de residencia analiza los resultados y toma, en caso necesario, las medidas que se imponen para hacer respetar la legislación fiscal.
Es importante tener en cuenta que los países CRS que no imponen a las personas físicas (póngase en contacto con nosotros para recibir esta lista de países) solicitarán a otros países de no comunicar las informaciones relativas a sus residentes.
FATCA y CRS
El Foreign Account Tax Compliance Act (FATCA) concierne únicamente a los contribuyentes americanos y su decalración ante la administración fiscal americana. El CRS concierne al conjunto de los clientes de instituciones financieras establecidas en los países participantes.
Tenga en cuenta que los residentes y ciudadanos US son cada vez más rechazados por los bancos, ya que los bancos, a largo plazo, puede que acepten solamente a clientes de países CRS.. Esto explica el porqué cada vez más americanos desean abandonar el pasaporte US y es bastante probable que las personas huirán de países no-CRS.
COMMON REPORTING STANDARD Y RESIDENCIA EN DUBAI,
GARANTIA DE FIABILIDAD
Ser residente de un país CRS como Dubai es una garantía de fiabilidad para los bancos, pero Dubai posee muchas otras ventajas que garantizan la perennidad de su actividad. Dubai se encuentra en la parte alta de la lista de los países desarrollados ocupando la 4ª plaza mundial por media de habitantes. Estabilidad política, cooperación internacional, economía diversificada : los grandes grupos no se equivocaron cuando se instalaron en Dubai. El Emirato permite a todo portador de proyectos que lo dessee, proceder y no con fraude fiscal, a crear una sociedad en Dubai y a conseguir una optimización fiscal en el más estricto respecto de las leyes, del fisco y de las Autoridades competentes del país de origen del portador del proyecto. Convenio fiscal, servicios bancarios y financieros muy desarrollados, secreto bancario : póngase en contacto con nuestros equipos para descubrir cómo optimizar la fiscalidad de sus actividades garantizando su perennidad a largo término.